O Curto Noticias habló con el abogado penalista y profesor Aury Lopes Junior respecto al tema.
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Según Aury, los hechos perpetrados el 8 de enero en Brasilia no entran dentro de ninguna forma de libertad de opinión o de expresión, son delitos: gravísimos.
Califica las conductas realizadas como delitos de daño calificado, asociación para delinquir, tentativa de abolición del Estado Democrático de Derecho y tentativa de golpe de Estado.
El profesor destaca que en el caso de estos dos delitos (tentativa de abolición del Estado Democrático de Derecho e intento de golpe de Estado), la mera tentativa es castigada con la misma pena que un delito consumado (concluido).
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Y terrorismo? Aury explica que se habla mucho sobre terrorismo en el sentido "vulgar", que es aceptado. Sin embargo, en la legislación brasileña no existe ninguna disposición sobre el terrorismo por razones políticas.
El profesor afirma que las detenciones en el acto, realizadas el domingo (8) y el lunes (9), se ajustan a la ley.
Aury también aclara que es durante las audiencias de custodia que se decide quién debe o no permanecer en prisión. Corresponde al Supremo Tribunal Federal (STF), que es el destinatario final de estas investigaciones, decretar detenciones provisionales preventivas o medidas cautelares distintas de la prisión.
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Comenta que espera que los actos contra la democracia sean debidamente investigados y que sus financistas sean sancionados y enfatiza: “quien financió es el autor y también responderá por los delitos”.
Sobre la situación del expresidente Jair Bolsonaro Aury evalúa que, en teoría, podría ser considerado partícipe de los hechos, en la medida en que los instigó/estimuló a través de manifestaciones públicas.
También hablamos del tema con Andrey Régis de Melo, defensor público y director del Centro de Defensa Penal de la Defensoría Pública del Estado de Rio Grande do Sul. Escuche lo que dijo: 🔊
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