Créditos de imagen: Edilson Rodrigues/Agência Senado

Propaganda electoral: vea lo que se puede y lo que no se puede hacer

El período en el que se permite la propaganda electoral comienza el martes (16). ¿Sabes cómo funciona en la práctica? oh Curto Las noticias te lo dicen.

Candidatos, partidos y federaciones son libres de pedir el voto en las calles y en Internet a partir de este martes. El plazo de vigencia para la realización de campañas electorales finalizará 46 días después, el 1 de octubre. La publicidad electoral gratuita en radio y televisión comienza el 26 de agosto. 

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La primera vuelta electoral se llevará a cabo el 2 de octubre, cuando los electores acudirán a las urnas para elegir al Presidente de la República, gobernadores, senadores, diputados federales, estatales y distritales. Una posible segunda vuelta para la carrera presidencial y para los gobiernos estatales será el 30 de octubre. 

Qué se libera durante el período:

  • Salir a caminar
  • Caravanas con coche sonoro de 9 a 22 horas.
  • distribución de material de campaña
  • mítines desde las 8 am hasta la medianoche 
  • compra de publicidad paga en los medios de comunicación (respetando el espacio máximo por edición de un octavo por página de periódico y un cuarto de página de revista).

Lo que no está permitido, según la ley:

  • espectáculos gratis 
  • actividades fuera de los plazos preestablecidos 
  • compra de más de diez anuncios de propaganda electoral en distintos periódicos y revistas, en distintas fechas 
  • propaganda electoral en línea que no se identifica como publicidad y no lleva el nombre del candidato, partido, coalición o federación
  • publicidad a través de telemarketing 
  • Impulsar el contenido de los seguidores (los mensajes solo se pueden enviar a los votantes que se registren voluntariamente para recibirlos)


Curto Curaduría

Información: Agencia Brasil

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